Cómo constituir una SAS en Ecuador siendo extranjero

constituir una SAS siendo extranjero

Constituir una SAS siendo extranjero es posible y no exige residencia en Ecuador: necesitas tu pasaporte vigente y una firma electrónica, y el trámite se hace 100% en línea ante la Superintendencia de Compañías (Supercías), sin notaría.

¿Un extranjero puede constituir una SAS en Ecuador?

Sí. Constituir una SAS siendo extranjero está permitido y no requiere ser residente ni tener cédula ecuatoriana. La Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) es la vía más ágil porque se constituye de forma electrónica ante la Supercías, sin notaría ni inscripción en el Registro Mercantil.

La condición clave es que el accionista extranjero pueda firmar electrónicamente el trámite.

Requisitos para constituir una SAS siendo extranjero

  • Pasaporte vigente como documento de identificación (si no tienes cédula ni residencia).
  • Firma electrónica personal vigente, en archivo digital (no en token ni tarjeta HSM).
  • Nombre de la compañía para reservar ante la Supercías.
  • Definir capital, accionistas, actividades económicas y representante legal.
  • Importante: si un accionista es una persona jurídica extranjera, el trámite se hace de forma presencial.

Paso a paso para constituir tu SAS ante la Supercías

  • Crea el usuario del representante legal en el portal de la Supercías.
  • Reserva el nombre de la compañía.
  • Ingresa los datos: compañía, accionistas, capital, actividades y representantes.
  • Firma electrónicamente el documento constitutivo y los nombramientos.
  • Genera el usuario de la compañía en el SRI para obtener el RUC.

Ventajas de constituir una SAS siendo extranjero

La SAS es la figura preferida por los inversionistas extranjeros que llegan a Ecuador por su rapidez y flexibilidad frente a las compañías tradicionales:

  • No exige capital mínimo alto ni un socio ecuatoriano.
  • Puede tener uno o varios accionistas, y todos pueden ser extranjeros.
  • Se constituye de forma electrónica, sin notaría ni Registro Mercantil.
  • Separa tu patrimonio personal del de la empresa desde el primer día.
  • Opera en una economía dolarizada, lo que elimina el riesgo cambiario.

Cuánto tarda y qué necesitas después

La constitución electrónica es rápida una vez que tienes la firma electrónica lista. Después de constituir tu SAS, deberás cumplir obligaciones desde el primer día:

EtapaQué implica
Firma electrónicaRequisito previo; en archivo digital, emitida en Ecuador
Constitución100% en línea ante la Supercías, sin notaría
RUCSe solicita al SRI dentro del mismo proceso
DespuésContabilidad, declaraciones de IVA y Renta desde el primer mes

Preguntas frecuentes

¿Necesito vivir en Ecuador para abrir mi SAS? No. Puedes constituir tu SAS siendo extranjero no residente; basta con tu pasaporte vigente y tu firma electrónica.

¿Qué pasa si mi socio es una empresa del exterior? Cuando un accionista es una persona jurídica extranjera, el trámite ya no es en línea: debe hacerse de forma presencial.

¿La firma electrónica sirve cualquiera? Debe ser una firma electrónica vigente emitida por una entidad autorizada en Ecuador y en formato de archivo, no en token físico.

¿Puedo ser yo el único accionista y representante legal de la SAS? Sí. Una SAS puede constituirse con un solo accionista, y ese accionista extranjero puede ser también el representante legal, siempre que cuente con su firma electrónica para firmar el trámite.

Base Legal: Ley de Compañías y normativa de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS). Verifica en supercias.gob.ec.

Te puede interesar: Abrir una empresa en Ecuador siendo extranjero · Firma electrónica para constituir (EasyKey) · Contabilidad de tu SAS desde el primer mes (EasyTax).

Consejo EasySAS: saca primero tu firma electrónica; sin ella no puedes firmar la constitución y es el paso que más demora a los extranjeros.

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